La SESNA publica en el DOF el Acuerdo del Sistema 3 de la PDN

La SESNA publica en el DOF el Acuerdo del Sistema 3 de la PDN

Se formalizan y entran en vigor los cuatro Formatos para inscribir la información en el Sistema nacional de servidores públicos y particulares sancionados (Sistema 3) de la Plataforma Digital Nacional por la comisión de faltas administrativas graves, faltas de particulares y faltas administrativas no graves

El Sistema 3 de la Plataforma Digital Nacional (PDN), tiene el objetivo de permitir a las autoridades el acceso a información relacionada con las sanciones impuestas a personas servidoras públicas y particulares (personas físicas y morales) por la comisión de faltas administrativas y hechos de corrupción. Lo anterior se logra mediante la integración y concentración de la información que actualmente generan las autoridades competentes a nivel nacional, en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA) y hechos de corrupción en términos de la legislación penal.

En este sentido, el Sistema 3 es una fuente de inteligencia institucional del Estado mexicano que permite a las autoridades competentes el acceso a la información de todas las sanciones a nivel nacional en contra de las personas servidoras públicas o particulares para facilitar la verificación de impedimentos o inhabilitaciones existentes para su nombramiento, designación o contratación como personas servidoras públicas, como prestadores de servicios o contratistas del sector público, y con ello evitar la contratación indebida o el abuso de autoridad.

A fin de contar con los elementos necesarios para el óptimo funcionamiento y puesta en marcha del Sistema 3, y con fundamento en los artículos 27 de la LGRA;  52 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (LGSNA); y 49, 50 y 51 de las Bases para el funcionamiento de la Plataforma Digital Nacional, el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, en su Tercera Sesión Ordinaria celebrada el 16 de agosto de 2024, aprobó por unanimidad el "Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción emite los formatos que indican los datos que se inscribirán en el Sistema nacional de servidores públicos y particulares sancionados de la Plataforma Digital Nacional, por la comisión de faltas administrativas graves, faltas de particulares y faltas administrativas no graves, y expide las normas e instructivo para el registro de la información contenida en dichos formatos" (Acuerdo del Sistema 3).

Al respecto, el 24 de diciembre de 2024, la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción (SESNA) publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo del Sistema 3. Dicho Acuerdo emite los cuatro formatos que indican los datos que deberán inscribirse al Sistema 3 de la PDN por la comisión de faltas administrativas graves, faltas de particulares y faltas administrativas no graves, y a su vez, expide las normas e instructivo para el registro de la información contenida en dichos formatos. Estos cinco instrumentos normativos ya se encuentran disponibles en la página oficial de la PDN y son los que se señalan en la siguiente imagen:

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Los formatos indican los datos y la información que se deberá inscribir en el Sistema 3, relacionados con las faltas administrativas graves, faltas de particulares y faltas administrativas no graves, por parte del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y sus homólogos en las entidades federativas; la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y sus homólogos en los estados y los Órganos Internos de Control de los Entes Públicos a nivel nacional, es decir, las autoridades resolutoras y substanciadoras. Con la entrada en vigor del Acuerdo del Sistema 3, dichas autoridades, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, tienen la responsabilidad de capturar, ordenar y resguardar la información relacionada con las sanciones firmes según corresponda conforme a los respectivos formatos.

Sobre este punto, es preciso mencionar que, para cumplir con esta obligación, la SESNA proporcionará herramientas informáticas a los Entes públicos que lo requieran para integrar su información al Sistema 3. Por su parte, aquellos Entes públicos que cuenten con herramientas informáticas de incorporación de información, deberán verificar que cumplan con las reglas que se indican en el Acuerdo del Sistema 3 y que la información esté estandarizada con base en las especificaciones técnicas emitidas por la SESNA.

Es importante resaltar que a partir de la entrada en vigor del Acuerdo del Sistema 3, los formatos aprobados son técnicamente operables con la PDN, por lo que las autoridades competentes ya pueden comenzar a integrar la información en el Sistema.

La emisión de los Formatos permitirá la estandarización y homologación de la información en el Sistema 3, facilitando su consulta para las autoridades competentes y fomentando así la lucha contra la corrupción. Esto significa un avance en la prevención e identificación temprana de faltas administrativas graves o hechos de corrupción, como la contratación indebida, la contratación indebida de exservidores públicos y el abuso de autoridad, entre otros.

Para mayor información, a continuación, se comparten los siguientes enlaces en línea vinculados a la normatividad y fundamentos legales del Sistema 3 de la Plataforma Digital Nacional:

  1. Ley General de Responsabilidades Administrativas: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGRA.pdf
  2. Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNA_200521.pdf
  3. Bases para el funcionamiento de la Plataforma Digital Nacional: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5541802&fecha=23/10/2018#gsc.tab=0
  4. Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción emite los formatos que indican los datos que se inscribirán en el Sistema nacional de servidores públicos y particulares sancionados de la Plataforma Digital Nacional, por la comisión de faltas administrativas graves, faltas de particulares y faltas administrativas no graves, y expide las normas e instructivo para el registro de la información contenida en dichos formatos: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5746006&fecha=24/12/2024#gsc.tab=0